El Secretario Jurídico

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 bullet5.gif (101 bytes) A menú Leyes Comerciales Complementarias

 

LEY 23962 (Sancionada el 4/VII/1991 – Promulgada el 1/VIII/1991 – Publicada en B.O. el 6/VIII/1991)

OBLIGACIONES NEGOCIABLES (parte pertinente)

Modificada por ley 24441

 

ARTÍCULO 3.- Las bolsas de comercio del interior del país que cuentan con mercado de valores adherido quedan facultadas para recibir las solicitudes de autorización de oferta pública de obligaciones negociables que deseen efectuar las personas jurídicas domiciliadas en su región.

Las solicitudes serán remitidas a la Comisión Nacional de Valores previo informe de la bolsa interviniente donde conste que se encuentra reunida la totalidad de los requisitos exigidos.

Las bolsas de comercio sin mercado de valores adherido gozarán también de esta facultad, pero deberán apoyar su informe con la opinión profesional de matriculados en los consejos profesionales de su zona.