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DECRETO 288/90 (de fecha: 12/II/1990 Publicado en B.O. el 15/II/1990) OBLIGACIONES NEGOCIABLES CON OFERTA PÚBLICA AUTORIZADA. EMISIÓN. NORMAS
ARTÍCULO 1.- Las obligaciones negociables previstas en la ley 23.576, autorizadas a ser ofertadas públicamente por la Comisión Nacional de Valores, pueden emitirse para ser negociadas en el mercado abierto y/o bursátil, adoptando la forma de al portador o cualquiera de los otros tipos de circulación previstos para las acciones en el artículo 208 de la ley 19.550, t.o. año 1984. ARTÍCULO 2.- (de forma). |