El Secretario Jurídico

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LEY 11221 - CORRECCIONES AL CODIGO PENAL (Fe de Erratas)

 

ARTÍCULO 1.- Declárase auténtica la edición oficial del Código Penal de la Nación, ley 11.179, con la siguiente planilla de correcciones que se agregará como fe de erratas a dicha edición:

Artículo 8.- Suprimir las palabras que les correspondan.

Artículo 13.- En lugar de por menos de tres años, debe decir por tres años o menos; y en lugar de podrá, debe decir podrán.

Artículo 19, inc. 4- En lugar de padre anciano y desvalido, debe decir padres ancianos y desvalidos.

Artículo 26.- Suprimir las palabras por delito al que corresponda, intercalando, en reemplazo, la preposición a.

Reemplazar en el mismo artículo, la palabra aplicables por impuesta.

Artículo 44.- El segundo párrafo debe ir como última parte del artículo, modificándose así su actual colocación.

Artículo 48.- En lugar de corresponda, debe decir correspondan.

Artículo 51.- Después de sufrió, agregar por delito cometido.

Artículo 52.- En vez de relegación, debe decir reclusión.

Artículo 52, inc. 2- Agregar, después de reclusión, las palabras por más de tres años.

Artículo 53.- Agregar al final: y otro tanto más, que nunca excederá de diez años.

Artículo 62, inc. 2- En vez de meses debe decir años.

Artículo 62, inc. 6- Suprimir quinientos a y agregar o menos después de pesos.

Artículo 62.- Suprimir el inc. 7.

Artículo 65, inc. 2- En vez de quince, poner veinte.

Artículo 67.- Agregar al final: La prescripción se interrumpe si, antes de vencido el término, comete el reo otro delito.

Artículo 80.- Agregar, después de perpetua, las palabras o prisión perpetua.

Artículo 82.- Agregar la palabra artículo antes de anterior.

Artículo 104.- Agregarle la primera parte del 105.

Artículo 105.- Es sólo la segunda parte.

Artículo 111, inc. 1- Suprimir la preposición o intercalada entre las palabras público y actual.

Artículo 114.- En vez de la sanción, debe decir las sanciones.

Artículo 117.- Suprimir la preposición a intercalada entre las palabras contestar y la.

Artículo 163, inc. 1- Agregar coma (,) después de trabajo y punto y coma (;) después de campo.

Artículos 39, 127, 1ª parte, 170, 172 y 173, inc. 1 - Las palabras delitos cometidos, personas, rescates, créditos y contratos que, respectivamente aparecen en dichos artículos, deben ir en singular.

Artículo 174, inc. 1- Donde dice procurar de otro debe decir procurar a otro.

Artículo 180, 2ª parte- Agregar las palabras deudor o después de todo.

Artículo 181, inc. 3- En vez de trabare, debe decir turbare.

Artículo 187.- En vez de inmersión, debe decir sumersión.

En este mismo artículo agregar coma (,) después de inundación.

Artículo 208, inc. 3- En vez de capítulo, debe decir artículo.

Artículo 305.- En vez de que se opusieren, debe decir en cuanto se opusieran.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.