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LEY 11221 -
CORRECCIONES AL CODIGO PENAL (Fe de Erratas)
ARTÍCULO 1.- Declárase auténtica la edición oficial del Código Penal de la Nación, ley 11.179, con la siguiente planilla de correcciones que se agregará como fe de erratas a dicha edición: Artículo 8.- Suprimir las palabras que les correspondan. Artículo 13.- En lugar de por menos de tres años, debe decir por tres años o menos; y en lugar de podrá, debe decir podrán. Artículo 19, inc. 4- En lugar de padre anciano y desvalido, debe decir padres ancianos y desvalidos. Artículo 26.- Suprimir las palabras por delito al que corresponda, intercalando, en reemplazo, la preposición a. Reemplazar en el mismo artículo, la palabra aplicables por impuesta. Artículo 44.- El segundo párrafo debe ir como última parte del artículo, modificándose así su actual colocación. Artículo 48.- En lugar de corresponda, debe decir correspondan. Artículo 51.- Después de sufrió, agregar por delito cometido. Artículo 52.- En vez de relegación, debe decir reclusión. Artículo 52, inc. 2- Agregar, después de reclusión, las palabras por más de tres años. Artículo 53.- Agregar al final: y otro tanto más, que nunca excederá de diez años. Artículo 62, inc. 2- En vez de meses debe decir años. Artículo 62, inc. 6- Suprimir quinientos a y agregar o menos después de pesos. Artículo 62.- Suprimir el inc. 7. Artículo 65, inc. 2- En vez de quince, poner veinte. Artículo 67.- Agregar al final: La prescripción se interrumpe si, antes de vencido el término, comete el reo otro delito. Artículo 80.- Agregar, después de perpetua, las palabras o prisión perpetua. Artículo 82.- Agregar la palabra artículo antes de anterior. Artículo 104.- Agregarle la primera parte del 105. Artículo 105.- Es sólo la segunda parte. Artículo 111, inc. 1- Suprimir la preposición o intercalada entre las palabras público y actual. Artículo 114.- En vez de la sanción, debe decir las sanciones. Artículo 117.- Suprimir la preposición a intercalada entre las palabras contestar y la. Artículo 163, inc. 1- Agregar coma (,) después de trabajo y punto y coma (;) después de campo. Artículos 39, 127, 1ª parte, 170, 172 y 173, inc. 1 - Las palabras delitos cometidos, personas, rescates, créditos y contratos que, respectivamente aparecen en dichos artículos, deben ir en singular. Artículo 174, inc. 1- Donde dice procurar de otro debe decir procurar a otro. Artículo 180, 2ª parte- Agregar las palabras deudor o después de todo. Artículo 181, inc. 3- En vez de trabare, debe decir turbare. Artículo 187.- En vez de inmersión, debe decir sumersión. En este mismo artículo agregar coma (,) después de inundación. Artículo 208, inc. 3- En vez de capítulo, debe decir artículo. Artículo 305.- En vez de que se opusieren, debe decir en cuanto se opusieran.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. |