El Secretario Jurídico |
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CENSO ABORIGEN Incorpórase la temática de autoidentificación de identidad y pertenencia a
comunidades aborígenes al Censo Nacional de Población y Vivienda del año 2000. Sancionada: Abril 29 de 1998 / Promulgada de Hecho: Mayo 22 de 1998 / B.O.:
28/5/98 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso,
etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1°-Se incorporará al Censo Nacional de Población y Vivienda
del año 2000 la temática de autoidentificación de identidad y pertenencia a comunidades
aborígenes, mediante la ampliación de los módulos previstos en el mismo. ARTICULO 2°-Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS
VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. MARCELO E. LOPEZ ARIAS.-CARLOS F. RUCKAUF.-Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.- Edgardo Piuzzi. |