El Secretario Jurídico

 

IMPUESTO
Ley 24958

Impuesto al Valor Agregado. Restablécense las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo Naciona1 por el articulo 3° inciso b) de la Ley 24.631

Sancionada: Abril 29 de 1998 / Promulgada: Mayo 7 de 1998B.O.: 08/05/98

E1 Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1°-Restablécense, por el término de noventa (90) días a contar de la fecha de publicación de la presente ley, las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo Nacional por el articulo 3° inciso b) de la ley 24.631.

ARTICULO 2°-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.

MARCELO E. LOPEZ ARIAS. -CARLOS F. RUCKAUF.-Esther H. Pereyra Arandía de Perez Pardo.-Edgardo Piuzzi

Decreto 495/98

Bs. As., 7/5/98

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación N° 24.958 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase.-MENEM. -Jorge A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.