El Secretario Jurídico

 

MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Ley 24975 - Declárase al predio donde se encuentra el monumento en memoria del Cacique Casimiro Biguá, en el Municipio de José de San Martín, Provincia del Chubut, lugar histórico nacional.

 

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

 

ARTICULO 1º-Declárase lugar histórico nacional al predio donde se encuentra asentado el monumento conmemorativo que perpetúa la memoria del Cacique Casimiro Bigua, emplazado en jurisdicción del Municipio de José de San Martín, Provincia del Chubut.

 

ARTICULO 2º-Concédase la custodia y conservación del lugar histórico nacional mencionado en el artículo 1º, a la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación con participación del Municipio de José de San Martín, en la Provincia del Chubut.

 

ARTICULO 3º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.

ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.

 

Decreto 715/98

Bs. As., 17/6/98

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 24.975 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Susana B. Decibe.

 

Sancionada: Mayo 20 de 1998 / Promulgada: Junio 17 de 1998 / B.O.: 23/06/98