El Secretario Jurídico |
MONUMENTOS HISTORICOS Ley 25001 - Modificase el artículo 4° de la Ley 24678 en la parte que dice "Academia Nacional de Letras" y "Fondo de las Artes".
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1°Modifíquese el artículo 4º de la Ley 24.678 en la parte que dice "Academia Nacional de Letras" y "Fondo de las Artes", por "Academia Argentina de Letras" y "Fondo Nacional de las Artes", respectivamente. ARTICULO 2°Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA PRIMERO DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. REGISTRADA BAJO EL Nº 25.001 ALBERTO R. PIERRI. CARLOS F. RUCKAUF.Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.Edgardo Piuzzi.
DECRETO N° 849/98 Bs. As. 22/7/98 POR TANTO Téngase por Ley de la Nación Nº 25.001 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM.Jorge A. Rodríguez.Susana B. Decibe.
Sancionada: Julio 1 de 1998 / Promulgada: Julio 22 de 1998 / B.O.: 27/07/98 |