El Secretario Jurídico

INMUEBLES

Ley 25056 - Concédese al Club Banco Nacional de Desarrollo el uso gratuito de un predio de propiedad del Estado Nacional, ubicado en la ciudad de Martínez, provincia de Buenos Aires, bajo la condición de permitir la utilización de las instalaciones deportivas existentes y de las que se construyan en el futuro, a los establecimientos educativos provinciales o municipales de la zona.

 

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1°—Concédese al Club Banco Nacional de Desarrollo, con personería jurídica 4872, provincia de Buenos Aires, por el término de noventa y nueve (99) años, el uso gratuito del predio de 58.609,98 m2 de propiedad del Estado nacional, ubicado sobre la calle Hipólito Yrigoyen 1290 de la ciudad de Martínez, partido de San Isidro, provincia de Buenos Aires (nomenclatura catastral: Circunscripción III, sección H, fracción 1, parcela 1a, área IV, sector 7; antecedente dominial 23-4-47-1.159-, partido de San Isidro.

ARTICULO 2°—El uso que se concede por la presente ley tiene carácter de intransferible, bajo la condición de que dicha entidad beneficiaria deberá obligatoriamente, permitir la utilización de las instalaciones deportivas existentes y de las que se construyan en el futuro, por un mínimo de veinte (20) horas semanales dentro del horario escolar, a los establecimientos educativos provinciales o municipales de la zona.

ARTICULO 3°—Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar todos los actos materiales y jurídicos que fueran menester, para el cumplimiento de lo establecido en el artículo 1°.

ARTICULO 4°—Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO

 ALBERTO R. PIERRI.—EDUARDO MENEM. —Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.— Mario L. Pontaquarto.

 

Sancionada: Noviembre 26 de 1998 / Promulgada de Hecho: Enero 4 de 1999 / B.O.: 7/1/99