El Secretario Jurídico

LEY 25090 - TRATADOS INTERNACIONALES-TRANSPORTE-TRANSPORTE DE CARGA Aprobación de enmiendas al Convenio Internacional sobre Líneas de Carga de 1966, adoptadas por Resolución A. 784 (19) de la Organización Marítima Internacional -OMI- el 23 de noviembre de 1995

OBSERVACION: El texto en idioma inglés no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).

Artículo  1.-  Apruébanse   las  Enmiendas  al Convenio Internacional sobre Líneas de Carga de 1966, adoptadas por  Resolución A. 784 (19) de la Organización Marítima Internacional -OMI-  el  23 de noviembre
de  1995,  que  consta  de una (1) Resolución y un (1) Anexo, cuyas fotocopias autenticadas en  idioma español e inglés, forman parte de la presente Ley.

Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

PIERRI-MENEM-Pereyra Arandía de Pérez Pardo-Oyarzún

 

ANEXO A

LA ASAMBLEA, TENIENDO PRESENTE el Artículo 15(j) del Convenio sobre la Organización  Marítima  Internacional relativo a las funciones de la Asamblea  con  respecto  a  las  normas   y  pautas   sobre  seguridad marítima, OBSERVANDO las propuestas presentadas  por  el Gobierno de Autralia, de conformidad con el Artículo 29(3) del Convenio  sobre  Líneas  de Carga  de  1966,   para  enmendar  la  norma  49(7)  (b) del Convenio Internacional  sobre  Líneas de Carga (LL) de 1966, relativas  a  la zona  tropical del sur fuera  de  la  costa  de  Australia    y  a  la información de apoyo sobre antecedentes meteorológicos, OBSERVANDO  ASIMISMO  que  el Comité de Seguridad Marítima, en su 62 sesión,  adoptó  las enmiendas  propuestas  de  conformidad    con  el Artículo 29(3) (a)  del  Convenio  sobre   Líneas  de   Carga de 1966, HABIENDO  CONSIDERADO las enmiendas propuestas a la norma  LL  49(7) (b) y al mapa de zonas y áreas estacionales,
1.- ADOPTA,  de  conformidad   con el Artículo 29(3) (b) del Convenio Internacional sobre Líneas de Carga   de  1966, las enmiendas a la norma  49(7)  (b)  de  dicho   Convenio establecidas en el Anexo a la presente resolución, junto con  las   resultantes  modificaciones  al mapa de zonas y áreas estacionales;
2.-  SOLICITA  al Secretario General, de conformidad con el Artículo 29(3) (b) del Convenio sobre Líneas de Carga de 1966, remitir copias certificadas de  la  presente  resolución  y   su  Anexo   a todos los Gobiernos Contratantes del Convenio sobre Líneas de Carga  de  1966, para  su  consideración  y   aceptación  y asimismo, remitir copias a todos los miembros de la Organización;

3.- INSTA a todos los Gobiernos interesados   a aceptar las enmiendas a la brevedad posible.

ANEXO B

Norma 49(7) (b) Reemplazar "al sur por el Trópico de Capricornio desde la costa este de  Australia"  por   "al sur por el paralelo de 24x S desde la costa este de Australia hasta   el  meridiano  154x  E,  desde   allí por el
meridiano 154x E hasta el Trópico de Capricornio y desde allí por el Trópico de Capricornio". Mapa de zonas y áreas estacionales Se elimina el límite sur del área estacional tropical sobre el Trópico de Capricornio entre la costa este de Australia y el meridiano 154x E. En su lugar, se introduce una línea a lo largo del meridiano 154x E al sur desde el Trópico de Capricornio hasta el paralelo 24x S, desde allí hacia el oeste a lo largo del paralelo 24x S desde el meridiano 154x E hasta la costa de Australia.